Ley del desperdicio alimentario 2025: guía para panaderías, pastelerías, carnicerías y catering

desperdicios alimentarios

La Ley del desperdicio alimentario 2025, en vigor desde el 1 de abril, marca un antes y un después en la gestión de los alimentos en toda la cadena de valor. Su objetivo es claro: reducir las pérdidas y el desperdicio de comida en todos los eslabones, desde la producción hasta el punto de venta.

Pero, más allá de las grandes cifras, ¿qué implica esta ley para los pequeños negocios como panaderías, pastelerías, carnicerías o empresas de catering? Aquí te lo contamos de forma clara y práctica.

Qué busca la Ley del desperdicio alimentario 2025

Esta norma parte de un principio sencillo: la comida que aún puede aprovecharse no debe tirarse. Para conseguirlo, obliga a todos los operadores a planificar mejor la producción, gestionar el stock con más eficiencia y dar prioridad a la donación o reutilización de los excedentes antes de que terminen en la basura.

En el caso de los pequeños comercios alimentarios, el enfoque es sobre todo preventivo y educativo, no sancionador. La idea es que cada negocio adopte su propio plan de prevención del desperdicio, adaptado a su tamaño y realidad.

Qué negocios están obligados

La ley se aplica a todas las empresas y establecimientos que intervienen en la cadena alimentaria, desde la industria hasta el comercio minorista y la restauración. Esto incluye:

  • Panaderías y pastelerías.
  • Carnicerías, charcuterías y tiendas de alimentación.
  • Empresas de catering y restauración colectiva.
  • Fábricas y distribuidores del sector alimentario.

Sin embargo, quedan excluidas las actividades agrícolas o ganaderas que no lleguen a comercializar el producto, así como negocios sin manipulación directa de alimentos (por ejemplo, distribuidores logísticos o tiendas que venden solo productos envasados sin transformación).

En resumen, si tu negocio produce, manipula o vende comida al consumidor final, la ley te afecta directamente.

¿Qué negocios están excluidos?

Se excluyen los negocios que se encuentren en alguno de los siguientes casos:

  • Microempresas: aquellas que ocupan menos de 10 trabajadores y tienen un volumen de negocio anual o un balance general anual que no supere 2 millones de euros. 
  • Pequeñas explotaciones agrarias: según la ley, quedan también excluidas de esas obligaciones cuando se ajustan a la definición de pequeña explotación agraria (por ejemplo las definidas por la Recomendación 2003/361/CE). 
  • Establecimientos de actividades de transformación, comercio minorista, distribución alimentaria, hostelería o restauración que desarrollen su actividad en establecimientos de superficie igual o inferior a 1.300 m² (o con superficie de venta/exposición igual o inferior a 1.300 m²) para empresas que disponen de venta al público. 

Mi negocio está excluido, ¿no debo hacer nada?

Como hemos visto, la Ley del desperdicio alimentario 2025 prevé excepciones para ciertos negocios, que quedan liberados de elaborar un plan de prevención formal. Sin embargo, esto no significa que estén fuera de la ley: siguen obligados a evitar la destrucción de alimentos aptos para el consumo, respetar la jerarquía de usos (priorizando la donación y la reutilización) y aplicar buenas prácticas de manipulación y conservación.

Aunque no se exija un plan técnico, se recomienda mantener un registro básico —por ejemplo, control de mermas o fichas de donación— para demostrar diligencia ante inspecciones. Además, si un negocio pertenece a un grupo empresarial que en conjunto supera los límites establecidos (como los 1.300 m² de superficie de venta), la exención deja de aplicarse. En definitiva, la norma aligera la carga documental de los pequeños negocios, pero no elimina su responsabilidad en la lucha contra el desperdicio.

Qué no cambia con la nueva ley

desperdicio al imentario

Aunque la norma introduce nuevos deberes, no altera las bases de la operativa diaria de la mayoría de negocios.

La nueva normativa no modifica las bases que estos negocios ya venían aplicando. Se mantienen intactas las normas sanitarias y los requisitos de trazabilidad, así como los procedimientos habituales de control de calidad y etiquetado. Tampoco cambia el modo en que se realizan las donaciones de alimentos, siempre que continúen efectuándose con las debidas garantías de seguridad. En este sentido Recipok sigue siendo el mejor aliado de este tipo de negocios, porque cubre todas sus necesidades.

Lo que hace la ley es pedir una planificación más consciente, más comunicación con entidades sociales y, sobre todo, dejar constancia por escrito de cómo se gestionan los excedentes.

Obligaciones para panaderías y pastelerías

En panaderías y pastelerías, donde las mermas suelen deberse a la naturaleza perecedera del producto, la ley plantea medidas realistas y fáciles de aplicar:

  • Planificar la producción diaria según la demanda real, reduciendo el volumen de producto sobrante al cierre.
  • Fomentar la venta con descuento de artículos próximos al final del día o a su fecha de consumo preferente.
  • Priorizar la donación de productos no vendidos pero aptos para el consumo, siempre que se conserven adecuadamente.
  • Registrar las donaciones o reutilizaciones en un documento sencillo (puede ser una hoja de control o registro digital).

Además, se anima a los obradores y pastelerías a colaborar con bancos de alimentos o asociaciones locales, facilitando la recogida segura de los productos sobrantes.

Obligaciones para carnicerías y servicios de catering

En las carnicerías, el foco está en la gestión del stock refrigerado y congelado. La ley recomienda establecer sistemas de rotación de producto (“primero en entrar, primero en salir”) y facilitar la venta rápida de productos próximos a su fecha límite mediante ofertas o etiquetado diferenciado.

En el caso del catering y la restauración colectiva, se fomentan medidas de aprovechamiento más visibles, como:

  • Permitir que los clientes se lleven los sobrantes en envases seguros y sostenibles.
  • Ajustar los menús y raciones a la previsión real de comensales.
  • Gestionar los excedentes mediante reutilización segura o donación a entidades sociales.

En todos los casos, el objetivo no es complicar la operativa, sino evitar que se destruyan alimentos aprovechables.

¿Qué sucede con la formación de mis empleados?

La Ley del desperdicio alimentario 2025 exige que todo el personal reciba formación y sensibilización sobre la prevención del desperdicio. No se trata solo de una obligación formal: la forma en que los empleados manipulan, almacenan o donan los alimentos es la primera línea para evitar mermas. Por eso, la ley pide que los negocios informen a su plantilla sobre los objetivos del plan, las buenas prácticas y los criterios de donación.

Cada empresa debe designar un responsable de coordinar estas medidas y mantener un registro con la formación impartida (fecha, contenido y asistentes). Aunque no hay un número de horas fijado, se recomienda una sesión inicial al incorporarse y repasos periódicos, centrados en temas como rotación de productos, control de temperaturas o identificación de excedentes donables.

Para implantarlo sin grandes costes, pueden organizarse sesiones breves internas, usar listas de comprobación diarias y aprovechar recursos gratuitos de ONGs o administraciones. Documentar la formación no solo mejora la gestión diaria, sino que también protege ante posibles sanciones, ya que la falta de registros puede considerarse falta de diligencia.

¿Puedo cobrar los envases que se lleva el cliente?

La ley contempla el derecho de los clientes a llevarse la comida que no consuman, una medida clave para reducir el desperdicio en hostelería, catering y restauración. En estos casos, el negocio debe ofrecer envases adecuados para el transporte seguro de los alimentos.

Sin embargo, el establecimiento puede repercutir su coste al cliente siempre que se comunique de forma clara y previa, por ejemplo, indicándolo en la carta o en un cartel visible. La norma no obliga a que los envases sean gratuitos, aunque sí recomienda que sean reutilizables, reciclables o fabricados con materiales sostenibles, en línea con los objetivos medioambientales de la ley.

Sanciones y consecuencias por incumplir la ley

Aunque el espíritu de la ley es educativo, también prevé sanciones económicas para quienes la ignoren.

Las multas van desde los 2.000 euros para infracciones leves (como no tener plan de prevención) hasta 60.000 euros para las graves, y pueden alcanzar 500.000 euros si se trata de reincidencia o grandes volúmenes de desperdicio.

Cómo puede ayudarte Recipok a cumplir la ley

Una de las novedades más prácticas que introduce la ley es la necesidad de registrar las medidas de prevención y las donaciones realizadas. Las mermas también son un elemento importante dentro de esta norma. En este punto, herramientas digitales como Recipok pueden ser grandes aliadas.

Recipok permite gestionar excedentes, registrar mermas y conectar con proveedores o clientes de forma ágil, trazable y conforme a los requisitos de la ley. Además, simplifica el cumplimiento documental y reduce el riesgo de sanciones, especialmente para pequeños negocios que no disponen de un sistema propio de control.

Y no olvides que, también, te ayuda a gestionar el stock, el inventario y la producción de todas las elaboraciones. Todo ello en consonancia no solo con esta ley, sino con el resto de normativa vigente.

Una oportunidad más que una obligación

La Ley del desperdicio alimentario 2025 no llega para poner trabas, sino para impulsar un cambio cultural: producir y vender con más conciencia, y aprovechar hasta el último recurso.

Para las panaderías, pastelerías, carnicerías y empresas de catering, cumplirla no solo evita sanciones: también mejora la eficiencia, reduce costes y proyecta una imagen responsable y moderna ante los clientes.

En definitiva, cada gesto cuenta. Y esta ley es la oportunidad de demostrar que un negocio sostenible también puede ser rentable.

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